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Educación

Convalidación de estudios no universitarios extranjeros

Cómo homologar o convalidar estudios no universitarios cursados en el extranjero (ESO, Bachillerato, FP): pasos, documentación, apostilla de La Haya, plazos y diferencia entre homologación y convalidación.

Última revisión: 25 de mayo de 2026

Homologación, convalidación, equivalencia: cosas distintas

Tres términos parecidos que aplican según lo que quieras conseguir:

  • Homologación: reconocer un título extranjero como equivalente a uno oficial español. Se aplica al Bachillerato, ESO y a títulos de FP de grado medio y superior. Da los mismos efectos académicos y profesionales que el título español.
  • Convalidación: reconocer asignaturas o cursos sueltos (no el título completo) para incorporarse a un curso intermedio del sistema español. Útil para menores que se mudan a España a mitad de una etapa educativa.
  • Equivalencia a efectos profesionales: reconoce el título a efectos sólo de trabajar en España, sin convalidación académica plena.

Quién lo tramita

  • Homologación de Bachillerato y ESO: Ministerio de Educación, FP y Deportes.
  • Homologación de FP grado medio/superior: Ministerio de Educación.
  • Convalidación de cursos intermedios (alumno menor de edad o estudiante que llega a mitad de etapa): la Consejería de Educación de la CCAA donde vaya a matricularse.

No confundir con la homologación de títulos universitarios (la lleva el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades).

Documentación general

  1. Solicitud oficial del Ministerio.
  2. DNI/NIE/pasaporte del solicitante.
  3. Título original del país de origen + fotocopia compulsada.
  4. Certificación académica completa de todos los cursos realizados, con asignaturas, calificaciones y carga lectiva.
  5. Traducción jurada al castellano de todos los documentos no castellanos. Debe hacerla un traductor jurado oficial acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
  6. Apostilla de La Haya o legalización diplomática del título y del certificado de notas:
    • Países firmantes del Convenio de La Haya: apostilla en el país de origen.
    • Resto: legalización por el cónsul español + Ministerio español de Asuntos Exteriores.
  7. Justificante del pago de la tasa: 56,32 € por el modelo 790-079.

Paso a paso

  1. Consigue todos los documentos en el país de origen antes de marcharte: título, certificado de notas, apostilla. Conseguirlos a distancia es lento y caro.
  2. En España, traduce los documentos con un traductor jurado.
  3. Paga la tasa del modelo 790-079 en cualquier banco colaborador o por sede electrónica.
  4. Cumplimenta la solicitud en la sede del Ministerio: sede.educacion.gob.es → “Homologación y convalidación”.
  5. Adjunta o presenta presencialmente la documentación. Si la haces telemática, todos los documentos se suben en PDF (escaneados a color a 300 dpi, sin tachones).
  6. Espera resolución. Plazo legal: 3 meses, pero el real ronda los 6-12 meses según volumen y país de origen.
  7. Si la resolución es favorable, recibes la credencial de homologación por correo postal o electrónico.

Volante de inscripción condicional

Mientras esperas la resolución, puedes pedir un volante de inscripción condicional que te permite matricularte en un centro educativo o universidad y empezar el curso. Si finalmente la homologación se deniega, pierdes la matrícula y las notas obtenidas.

Casos particulares

Menor que llega a mitad de curso

Lo más rápido es pedir convalidación de cursos a la CCAA — el plazo de resolución es mucho más corto (semanas) y el alumno se incorpora a su nivel adecuado en septiembre.

Bachillerato extranjero parcial

Si el alumno cursó parte del Bachillerato fuera, puede convalidarse curso por curso. La nota media para acceso a la universidad se calculará con las notas extranjeras (aplicando tabla de equivalencia del Ministerio).

FP de un país de la UE

Las titulaciones de FP de la UE tienen una tabla específica de equivalencias y suelen homologarse con más facilidad que las de otros países. Aporta el Suplemento Europass al Certificado si lo tienes.

Cambio de nombre

Si tu nombre actual difiere del que aparece en el título extranjero (matrimonio, cambio registral), aporta el documento que acredite el cambio (libro de familia, sentencia, certificación del registro civil).

Preguntas frecuentes

¿Necesito apostilla aunque venga de la UE? Sí. La UE no exime de apostilla, salvo para algunos documentos administrativos muy concretos (Reglamento 2016/1191). Los títulos educativos sí requieren apostilla o legalización.

¿La traducción la puedo hacer yo si soy bilingüe? No. Tiene que ser traducción jurada por un traductor acreditado. El listado oficial está en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores.

¿Vale el título de Bachillerato Internacional (IB)? Sí. El IB se reconoce directamente como equivalente a Bachillerato español mediante una tabla de calificación. No hace falta homologación individual, salvo casos puntuales.

¿Cuánto cuesta la traducción jurada? Entre 30 € y 90 € por documento según extensión y idioma. Los idiomas menos comunes (chino, árabe, ruso) son más caros que inglés/francés.

¿Si me llega resolución desfavorable, puedo recurrir? Sí. Recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde la notificación. Es recomendable aportar documentación nueva (programas detallados de asignaturas, horas lectivas) que justifique la equivalencia.

Hacer este trámite en la sede oficial

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

Te llevamos al sitio web oficial. Si la página no se abre, verifica que www.educacionyfp.gob.es sigue siendo el dominio correcto del organismo.