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Hacienda

Solicitar un certificado tributario (estar al corriente con Hacienda)

Cómo solicitar online un certificado tributario de estar al corriente con Hacienda (IRPF, IVA, IS o todas las obligaciones). Para qué se piden (contratación pública, subvenciones, créditos), validez de 6 meses, qué hacer si Hacienda te lo deniega. Información orientativa, verifica siempre en la sede de la AEAT.

Última revisión: 22 de mayo de 2026

Qué son los certificados tributarios

Los certificados tributarios acreditan información sobre tu situación fiscal ante la AEAT en un momento determinado. Los más comunes:

  1. Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias (general).
  2. Certificado de estar al corriente específico para contratistas y subcontratistas (modelo R.B.).
  3. Certificado de pago de IRPF (renta declarada).
  4. Certificado de IVA.
  5. Certificado de imputaciones (ingresos declarados por terceros: nóminas, retenciones).
  6. Certificado de retenciones soportadas durante un año.
  7. Certificado de domicilio fiscal.
  8. Certificado positivo o negativo de actividades económicas.
  9. Certificado del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Cada uno tiene su modelo y su finalidad.

Cuándo se piden

  • Contratación con la Administración Pública (cualquier licitación, concurso, subvención).
  • Subvenciones públicas (estatales, autonómicas, locales, europeas).
  • Solicitud de hipoteca o préstamo (algunos bancos lo exigen).
  • Solvencia para alquiler comercial o profesional.
  • Trámites notariales (escrituras de compraventa de empresas, cesiones de derechos).
  • Operaciones inmobiliarias importantes.
  • Procesos judiciales (insolvencia, herencia, divorcio).

Cómo solicitarlo paso a paso

Vía 1: Online en la Sede AEAT (lo común)

  1. Entra en la Sede AEAT — Certificados tributarios.
  2. Identifícate con Cl@ve PIN, certificado digital o DNIe.
  3. Selecciona el tipo de certificado que quieres.
  4. Indica el período o ejercicio (si aplica).
  5. Descarga el PDF firmado con CSV.

Tiempos:

  • Estar al corriente: inmediato si tienes todo al día.
  • De imputaciones, IRPF, IVA: inmediato.
  • De contratistas y otros específicos: 1-7 días.

Vía 2: Presencial con cita previa

Cita en una Administración o Delegación de la AEAT. Llevas DNI. Te entregan en papel.

Vía 3: Apoderamiento

Si quieres que tu gestor o asesor fiscal lo descargue por ti, te da de alta en Apoderamientos AEAT. Una vez apoderado, descarga tus certificados sin tener que estar tú presente.

Caso especial: certificado “estar al corriente”

Es el más solicitado. Acredita que no tienes deudas tributarias vencidas y exigibles.

Qué se entiende por “estar al corriente”

Sí estás al corriente:

  • Declaraciones presentadas en plazo (Renta, IVA, IS, etc.).
  • Cuotas pagadas o fraccionadas/aplazadas en regla.
  • Sin embargos en curso por deudas tributarias.

NO estás al corriente:

  • Una declaración no presentada (incluso si no había que pagar).
  • Un pago vencido sin abonar ni aplazar.
  • Una sanción tributaria firme no pagada.

Cuando te sale “no positivo”

Si la AEAT te emite certificado negativo (no estás al corriente):

  1. Identifica qué deudas o declaraciones tienes pendientes (puedes consultarlo en la sede AEAT).
  2. Regulariza: presenta lo pendiente, paga lo debido o pide aplazamiento/fraccionamiento.
  3. Una vez al corriente, solicita nuevo certificado.

Conviene pedir el certificado con tiempo (1-2 semanas antes de presentarlo) para tener margen de regularizar si hay algún desajuste.

Validez

Los certificados tributarios tienen una validez de 6 meses para la mayoría de finalidades. Para contratación pública, el plazo puede ser diferente según el pliego de la licitación (3-12 meses, verificar en cada caso).

Si el certificado caduca, pides uno nuevo: gratuito y rápido si todo sigue al corriente.

Casos particulares

Eres autónomo y has presentado el modelo 720 fuera de plazo

Esto puede generar registros internos AEAT que afectan al certificado. Si tienes deuda derivada de regularizaciones voluntarias (recargo del 1-15 %), paga antes de pedir el certificado.

Empresa con deudas con la Seguridad Social

El certificado tributario sólo cubre AEAT. Para acreditar estar al corriente con la Seguridad Social necesitas además:

  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social (Tesorería General — TGSS) — trámite separado en sede SS.

Para la mayoría de licitaciones se exigen AMBOS.

Has hecho una operación inmobiliaria reciente

Si vendiste un inmueble, la plusvalía está pendiente de declaración o pago. La AEAT considera deuda pendiente hasta que se declare e ingrese. Solicita el certificado después de declarar (no antes).

Has emigrado y has dejado de presentar declaraciones

Si has cambiado de residencia fiscal al extranjero, comunícalo a la AEAT con el modelo 030 y deja de presentar declaraciones que no te corresponden. Sin esa comunicación, AEAT puede seguir considerándote residente y pedir declaraciones de años posteriores.

Empresa que necesita certificado para licitar

La empresa solicita certificado en nombre de la sociedad (NIF de la empresa, no del administrador). Necesitas que la empresa tenga certificado digital de persona jurídica o que un apoderado lo descargue.

Preguntas frecuentes

¿Es gratis siempre? . La AEAT emite certificados tributarios sin tasa, tanto online como presencialmente.

¿Puedo pedir un certificado de mi cónyuge o socio? Sólo con autorización expresa o poder notarial. Cada contribuyente sólo accede a sus propios datos por seguridad. Las empresas con apoderamiento sí pueden acceder a los suyos a través del certificado digital de persona jurídica.

Me piden certificado “específico para contratistas”: ¿es lo mismo que el general? No exactamente. El específico para contratistas (Real Decreto 1098/2001 + Ley de Contratos del Sector Público) tiene formato y requisitos legales precisos. Pídelo en la Sede AEAT marcando expresamente “para contratistas” o el bloque correspondiente del artículo 13 del Reglamento general de recaudación.

¿Cómo verifico autenticidad si me dan un certificado en papel? Cada certificado tributario lleva un CSV (Código Seguro de Verificación). Entra en la sede AEAT, sección “Comprobación de documentos electrónicos”, e introduce el CSV. Verás si el documento es auténtico, vigente y completo.

Soy particular y nunca he tenido que pagar IRPF: ¿estoy al corriente? . Estar al corriente significa no tener deuda exigible pendiente. Si nunca has tenido que tributar (porque tus ingresos estaban por debajo del umbral) y no se te ha generado sanción, tu certificado saldrá positivo automáticamente.

Hacer este trámite en la sede oficial

Certificados tributarios — Sede AEAT

Te llevamos al sitio web oficial. Si la página no se abre, verifica que sede.agenciatributaria.gob.es sigue siendo el dominio correcto del organismo.