Modelo 233: declaración informativa de guarderías para la deducción del IRPF
Cómo entiende Hacienda el modelo 233: lo presentan las guarderías y centros de educación infantil para alimentar la deducción de hasta 1.000 € por gastos de guardería en el IRPF. Qué hacer si tu centro no lo presenta.
Última revisión: 25 de mayo de 2026
Qué es el modelo 233 y para qué sirve
El modelo 233 es una declaración informativa anual que deben presentar las guarderías y centros de educación infantil autorizados a la AEAT. En él detallan:
- Datos de cada menor que asistió al centro durante el ejercicio.
- Datos del titular del centro.
- Importe total satisfecho por los progenitores en concepto de matrícula, custodia y comedor.
- Período en que asistió el menor.
Estos datos alimentan automáticamente la deducción por maternidad ampliada del artículo 81 de la LIRPF: las madres trabajadoras pueden aplicar hasta 1.000 € anuales adicionales por gastos de guardería de hijos menores de 3 años.
La deducción de maternidad: contexto
La deducción tiene dos componentes:
- Deducción base por maternidad: 1.200 €/año por hijo menor de 3 años (100 €/mes).
- Incremento por gastos en guardería autorizada: hasta 1.000 € adicionales/año por gastos en guardería o centro de educación infantil autorizado.
El incremento de 1.000 € se aplica al hijo a cargo, en el período en que la madre estuvo cotizando a la Seguridad Social y el menor asistió a guardería autorizada que presentó el modelo 233.
Quién presenta el modelo 233
- Guarderías privadas autorizadas.
- Escuelas infantiles públicas y concertadas.
- Centros de educación infantil del primer ciclo (0-3 años) autorizados por la administración educativa de la CCAA.
No lo presentan: cuidadoras particulares en domicilio, mainstream “canguros” o establecimientos no autorizados como centros educativos.
Plazo de presentación
Las guarderías presentan el modelo 233 anualmente en el mes de enero del año siguiente al ejercicio que se declara:
- Ejercicio 2026 → presentación entre el 1 y 31 de enero de 2027.
La AEAT incorpora los datos en el borrador de la renta de la madre para que la deducción se aplique automáticamente.
¿Y tú qué tienes que hacer?
Como madre trabajadora con hijo en guardería:
Nada activo, si la guardería presenta el 233
Si tu centro presenta el modelo 233 correctamente:
- Hacienda incluye los datos en tu borrador del IRPF.
- Al revisar el borrador en mayo-junio del año siguiente, verás reflejada la deducción por maternidad de hasta 2.200 € (1.200 base + 1.000 incremento).
- Confirmas el borrador y la deducción se aplica.
Si la guardería NO presenta el 233
- Pregunta al centro por qué no lo presentó:
- No estaba obligado (centro no autorizado como educativo): no hay deducción posible.
- Olvidó hacerlo o lo presentó incorrectamente: pide que lo presente o lo corrija. Tiene plazo hasta finales de febrero (con posibles complementarias posteriores).
- Si el centro no lo presenta y tú gastaste dinero en guardería
autorizada:
- Puedes incluir manualmente el dato en tu declaración (con justificantes).
- La AEAT podría reclamar pruebas adicionales en revisión.
Qué información debe contener el modelo 233
Por cada menor:
- NIF del menor (si lo tiene; si no, datos personales).
- NIF de la madre y del padre (a efectos de imputar la deducción).
- Meses completos de asistencia.
- Importe satisfecho desglosado en concepto de matrícula, escolaridad y comedor.
Por el centro:
- NIF del centro.
- Datos identificativos.
- Autorización administrativa que lo habilita.
Cómo presenta el modelo 233 la guardería
Vía electrónica (única forma admitida)
- Sede electrónica de la AEAT con certificado digital del representante legal del centro.
- Sección “Trámites destacados → Modelo 233”.
- Carga del fichero TXT generado por el software de gestión del centro (la mayoría de las guarderías usan A3, SAGE Eduwave, Educamos u otros que generan el formato automáticamente).
- Validación y envío.
Las guarderías pequeñas sin software contable pueden rellenar manualmente el formulario en la sede de la AEAT, registro a registro.
Casos particulares
Cambio de guardería a mitad de año
Si el menor cambió de guardería durante el año, cada centro presenta su propio modelo 233 con los meses correspondientes. Se suman al calcular la deducción.
Madre desempleada parte del año
La deducción por maternidad sólo se aplica en los meses en que la madre está cotizando o cobrando prestación contributiva. Si estás desempleada sin prestación durante 4 meses del año, esos meses no cuentan para la deducción.
Padre solicitante (familia monoparental masculina)
La deducción es transferible al padre en casos de:
- Familia monoparental masculina (custodia exclusiva del padre).
- Madre fallecida o privada de patria potestad.
Aporta documentación específica al hacer la declaración.
Comedor escolar separado
Si tu hijo va al colegio (no a guardería 0-3) y tiene comedor escolar, no genera la deducción por gastos de guardería (que es para 0-3 años). Los colegios no presentan modelo 233.
Guardería extranjera
Las guarderías de otros países UE pueden generar la deducción si están autorizadas como centros educativos en su país y la madre cotiza en España. La AEAT puede pedir documentación adicional.
Preguntas frecuentes
¿La deducción es de 1.000 € o se aplica al 100 %? El incremento es de hasta 1.000 €, calculado como el menor de:
- 1.000 € fijos.
- El importe satisfecho a la guardería ese año.
- El menor del coste guardería y el mínimo no exento por hijo.
En la práctica, casi todas las familias con hijo en guardería todo el año superan los 1.000 € en gastos y aplican el máximo.
¿Cómo sé si mi guardería está autorizada como centro educativo? Pregunta al centro o consulta el registro de centros educativos de tu CCAA. Las guarderías municipales suelen estar autorizadas; las privadas familiares pequeñas a veces no lo están y, por tanto, no generan la deducción.
¿La deducción es la misma si voy a guardería pública gratuita? No. La deducción se basa en el gasto efectivo. Si la guardería es pública y no pagas matrícula, no hay gasto que deducir aunque haya modelo 233 (la guardería pública también lo presenta).
¿Puedo pedir el abono mensual anticipado (modelo 143) para los 1.000 € extras? No. El abono mensual anticipado del modelo 143 sólo cubre la deducción base por maternidad (100 €/mes). El incremento por guardería se aplica anualmente al hacer la declaración.
¿Y si Hacienda no incluye el dato en mi borrador aunque mi guardería presentó el 233? Puede haber discrepancia de datos (NIF mal puesto, fecha incorrecta). Aporta tú la información manualmente al hacer la declaración, con el certificado anual que la guardería suele entregar como respaldo.
Hacer este trámite en la sede oficial
AEAT — Modelo 233
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sede.agenciatributaria.gob.es
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