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Identidad y certificados civiles

Solicitar el certificado de defunción

Cómo solicitar el certificado de defunción en España online o por correo: tipos (literal, extracto, multilingüe, negativo), cuándo se necesita (herencia, pensiones, gestiones bancarias) y qué hacer si el fallecimiento ocurrió hace muchos años. Información orientativa, verifica siempre en la sede del Ministerio de Justicia.

Última revisión: 22 de mayo de 2026

Qué es y para qué sirve

El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona, su fecha, lugar y causa (esta última no figura en certificados ordinarios por confidencialidad).

Te lo piden, principalmente, para:

  • Inscribir la herencia y la declaración de herederos.
  • Cobrar pensión de viudedad u orfandad.
  • Acceder a seguros de vida y planes de pensiones del fallecido.
  • Gestionar cuentas bancarias del fallecido (bloqueo, baja, paso a herederos).
  • Dar de baja suministros (luz, agua, gas, móvil, internet) a nombre del fallecido.
  • Tramitar el Impuesto de Sucesiones y la escritura de partición.
  • Solicitar nacionalidad española para hijos del fallecido en casos específicos.
  • Procesos judiciales vinculados al fallecimiento.

Tipos de certificado

Por contenido

  • Literal: copia íntegra de la inscripción con todos los datos. Es el más completo y el que piden notarios para escrituras.
  • Extracto: resumen con datos esenciales (nombre, fecha, lugar).
  • Extracto multilingüe: extracto en varios idiomas oficiales UE (Convenio de Viena de 1976). Para presentarlo en otros países UE.
  • Negativo: certifica que NO consta inscripción del fallecimiento. Útil cuando se duda dónde se inscribió, o para acreditar que una persona desaparecida no consta como fallecida.

Diferencia con el “certificado de últimas voluntades”

No confundir:

  • Certificado de defunción: emitido por el Registro Civil, acredita el fallecimiento.
  • Certificado de últimas voluntades: emitido por el Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia, acredita si el fallecido otorgó testamento y en qué notaría.

Ambos suelen pedirse a la vez tras un fallecimiento. Para el de últimas voluntades hay que esperar 15 días hábiles desde el fallecimiento.

Cuándo se inscribe la defunción

La inscripción de defunción la realiza el Registro Civil del municipio donde ha ocurrido el fallecimiento dentro de las 24 horas siguientes, normalmente gestionado por la funeraria o el hospital.

Es automática: los familiares no tienen que hacerla. Lo que sí necesitan los familiares es pedir el certificado una vez ya inscrita la defunción (a partir de las 24-48 horas).

Cómo solicitarlo

Online (la vía más rápida y gratuita)

  1. Entra en la Sede del Ministerio de Justicia.
  2. Selecciona “Certificado de defunción”.
  3. Identifícate con Cl@ve PIN, certificado digital o DNIe. Si no tienes ninguna, puedes pedirlo igualmente pero te lo envían por correo postal a tu domicilio (en lugar de descarga inmediata).
  4. Rellena los datos del fallecido:
    • Nombre y apellidos completos.
    • Fecha exacta del fallecimiento.
    • Lugar del fallecimiento (ciudad y, si lo sabes, tomo y página del libro del Registro).
  5. Registro Civil donde se inscribió la defunción. Suele ser el del municipio donde falleció. Si no estás seguro, el sistema te ayuda a localizarlo.
  6. Elige el tipo (literal, extracto, multilingüe, negativo).
  7. Indica si quieres descarga PDF firmado o envío por correo postal.

Plazos:

  • Registros digitalizados (Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Bilbao, Málaga, casi todas las capitales): de minutos a 3 días.
  • Registros no digitalizados (muchos municipios pequeños): 2-4 semanas, búsqueda manual.

Por correo postal

Envía carta al Registro Civil del municipio del fallecimiento con los datos del fallecido, el tipo de certificado y tu dirección. No hace falta sello.

Presencialmente

Acude al Registro Civil del municipio del fallecimiento con DNI/NIE. En grandes ciudades suele requerir cita previa.

Casos particulares

El fallecimiento es muy antiguo

Si el fallecimiento es anterior a 1950, está en un municipio desaparecido, o tienes dudas sobre dónde se inscribió:

  • Llama al Servicio Central del Registro Civil del Ministerio de Justicia.
  • Algunos libros antiguos están en el Archivo Histórico Provincial correspondiente.
  • Para fallecimientos durante la Guerra Civil, suelen existir referencias en el Archivo General de la Administración y registros militares.

Fallecimiento en el extranjero, español

Si un español ha fallecido en el extranjero y la defunción se inscribió en el Registro Civil Consular de España en ese país, pide el certificado al Registro Civil Central del Ministerio (Madrid), no a la sede general.

Fallecimiento de un extranjero en España

Se inscribe en el Registro Civil del municipio español donde ocurrió. El certificado se pide igual que cualquier otro español. Para los familiares en el extranjero, conviene apostillarlo (La Haya) para presentar en el país de origen.

Persona desaparecida sin inscripción

Si una persona ha desaparecido y no consta su fallecimiento, piden certificado negativo de defunción (acredita que NO consta muerta). Para declararla fallecida legalmente hace falta proceso judicial de declaración de fallecimiento (artículo 193 del Código Civil): 1-10 años desde la desaparición según circunstancias.

Causa del fallecimiento

La causa de la muerte NO aparece en el certificado ordinario de defunción por protección de datos. Si necesitas la causa (litigios médicos, seguros que la requieran, herencia indigna), debes solicitar el certificado médico del IML (Instituto de Medicina Legal) acreditando interés legítimo, o aportar la autopsia si la hubo.

Preguntas frecuentes

¿Caduca? El certificado en sí no caduca (refleja un hecho histórico). Los organismos suelen exigirlo emitido en los últimos 3-6 meses.

¿Quién puede solicitarlo? Cualquier persona, en general. La defunción es un hecho público en el Registro Civil. No hay restricción de parentesco para pedirlo. Excepción: certificados con datos especialmente sensibles (causa de la muerte, datos del IML) requieren interés legítimo.

¿Lo necesito para cobrar el seguro de vida? Sí. Las aseguradoras exigen siempre el certificado de defunción (literal) + certificado de últimas voluntades + testamento o declaración de herederos + DNI del beneficiario.

¿Cuándo lo necesita el Registro Mercantil? Cuando un administrador, socio o apoderado de una sociedad fallece, la sociedad necesita el certificado para inscribir el cese en el Registro Mercantil y para que los herederos puedan ejercer derechos políticos sobre las participaciones.

¿Es lo mismo el certificado que el “libro de familia con el fallecimiento anotado”? No, son distintos. El libro de familia es un documento privado de la familia donde la funeraria o el Registro anota la defunción del titular. Esa anotación NO sirve para gestiones oficiales — necesitas el certificado del Registro Civil que es el documento legal.

Hacer este trámite en la sede oficial

Certificado de defunción — Ministerio de Justicia

Te llevamos al sitio web oficial. Si la página no se abre, verifica que sede.mjusticia.gob.es sigue siendo el dominio correcto del organismo.