Aportación farmacéutica según renta: cuánto pagas y cómo se actualiza
Cómo funciona el copago de medicamentos en España: tramos según renta, topes mensuales para pensionistas, exenciones (pensión no contributiva, IMV, parados) y cómo solicitar la actualización del nivel.
Última revisión: 25 de mayo de 2026
Cómo se calcula tu aportación farmacéutica
España tiene copago farmacéutico según renta desde 2012 (RD-ley 16/2012). Tu tarjeta sanitaria lleva codificado el nivel de aportación, que se sincroniza automáticamente con los datos fiscales que Hacienda comparte cada año con el Servicio Autonómico de Salud.
Cuando vas a la farmacia con receta electrónica, el sistema descuenta tu porcentaje del PVP del medicamento y tú pagas el resto. Si superas el tope mensual (sólo pensionistas), la farmacia te lo devuelve después.
Tramos de aportación
Activos (no pensionistas)
| Renta declarada (base liquidable) | Aporta |
|---|---|
| < 18.000 € | 40 % |
| 18.000 – 100.000 € | 50 % |
| ≥ 100.000 € | 60 % |
Sin tope mensual: pagas el porcentaje sobre cada receta sin límite.
Pensionistas y perceptores de prestaciones similares
| Renta declarada (base liquidable) | Aporta | Tope mensual |
|---|---|---|
| < 5.635 € | 0 % | — |
| 5.635 – 11.200 € | 10 % | 8,46 € |
| 11.200 – 18.000 € | 10 % | 18,52 € |
| 18.000 – 100.000 € | 10 % | 65,86 € |
| ≥ 100.000 € | 60 % | 226,67 € |
El tope significa que lo que pagues por encima del tope durante el mes te será devuelto en el siguiente trimestre por tu CCAA (algunas lo restan en farmacia automáticamente, otras lo abonan después).
Exenciones totales (0 %)
Hay grupos exentos al 100 %:
- Pensión no contributiva o pensión asistencial.
- Parados sin prestación.
- Perceptores de IMV (Ingreso Mínimo Vital) o renta autonómica asimilable.
- Personas con síndrome tóxico y víctimas de terrorismo.
- Discapacidad del menor que origina prestaciones del SS.
- Tratamiento prolongado con medicamentos derivados de accidente laboral o enfermedad profesional (paga 0 %).
Medicamentos exentos especiales
Algunos medicamentos tienen aportación reducida (10 %, tope 4,38 € por envase) por su carácter de tratamiento crónico:
- Antineoplásicos orales.
- Inmunosupresores tras trasplante.
- Algunos antirretrovirales VIH.
- Algunos antidiabéticos orales y agentes para osteoporosis.
Esto se aplica automáticamente — el farmacéutico no tiene que decidirlo.
Cómo consultar tu tramo actual
- App del Servicio Autonómico de Salud o web (La Meva Salut, MiSalud Madrid, Salud Castilla y León…). Sección “Mi tarjeta sanitaria” o “Aportación farmacéutica”.
- Centro de salud: el personal administrativo lo consulta al instante.
- Tique de cualquier receta: la farmacia imprime tu nivel de aportación en cada compra.
Cómo cambiar tu nivel de aportación
El nivel se actualiza anualmente de oficio con los datos de Hacienda. Si tu situación cambia a mitad de año (te haces pensionista, pasas a desempleo sin prestación, recibes IMV…), puedes pedir actualización manual:
- Acude al centro de salud o servicio de atención al usuario de tu hospital.
- Presenta el documento que acredite el cambio:
- Resolución de pensión del INSS.
- Tarjeta o resolución de desempleo agotado.
- Resolución de IMV.
- Resolución de discapacidad ≥ 33 %.
- Solicita el cambio de nivel en el modelo de tu CCAA.
- El cambio se aplica en 48-72 horas y empieza a verse en las recetas siguientes.
Cómo se recupera el exceso del tope mensual (pensionistas)
Si pagas más del tope durante un mes:
- En CCAA con devolución automática: te devuelven el exceso por transferencia en el trimestre siguiente.
- En CCAA con devolución a solicitud: descargas el justificante de pagos del trimestre desde la app del Servicio Autonómico y pides devolución por sede electrónica o en el centro de salud.
Conserva los tiques de farmacia durante el ejercicio en curso por si necesitas reclamar.
Casos particulares
Cambio de CCAA
Tu nivel de aportación viaja con tu tarjeta sanitaria. Cuando te empadronas en otra CCAA y solicitas la nueva tarjeta, el nivel se mantiene si los datos fiscales no cambian.
Hijos a cargo del titular
Los menores no pagan aportación si están como beneficiarios del titular. Si están como titulares por estudios universitarios u otras razones, se les asigna el nivel “TSI 002” (40 % sin tope) por norma.
Trabajador con dos contratos en distintas mutuas
Tu aportación se calcula con los ingresos totales declarados a Hacienda. Si tienes ingresos por cuenta ajena y por cuenta propia, suman para el cálculo.
Personas atendidas por mutualidades (MUFACE, ISFAS, MUGEJU)
Tienen sistema de aportación distinto (más beneficioso en muchos casos): los activos pagan el 30 % y los pensionistas el 30 %, sin tope mensual pero con muchos medicamentos exentos.
Preguntas frecuentes
¿Si cambio mi situación laboral, me actualizan automáticamente? La actualización anual es automática a partir de los datos fiscales del año previo. Cambios bruscos a mitad de año (paro, IMV, jubilación) los tienes que comunicar tú al centro de salud.
¿Cómo sé si he superado el tope este mes? Puedes consultarlo en la app del Servicio Autonómico (sección “Aportación farmacéutica”) o pedirlo al centro de salud. La farmacia también lo ve en pantalla al hacer la compra.
¿Y si tengo medicamentos no financiados? Pagas el 100 % del PVP. La aportación porcentual sólo se aplica a medicamentos financiados por el SNS.
¿La aportación sube si tengo más renta de un año a otro? Sí. La actualización anual recalcula con la renta declarada y puede hacerte subir de tramo. Recibes notificación por la app o por carta.
¿Si pago en farmacia más de lo que me corresponde por error, lo recupero? Sí. Conserva el ticket y reclama al servicio de atención al usuario del Servicio Autonómico. Devuelven la diferencia.
Hacer este trámite en la sede oficial
Ministerio de Sanidad
Te llevamos al sitio web oficial. Si la página no se abre, verifica que
www.sanidad.gob.es
sigue siendo el dominio correcto del organismo.